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Newsletter 02/2025 Laboral

jueves, 20 de febrero de 2025
CUOTA DE SOLIDARIDAD

El 1 de enero de 2025 ha entrado en vigor la Cuota de Solidaridad, una nueva medida recogida en el Real Decreto 322/2024, aprobada por el Gobierno el 26 de marzo de 2024.

¿Qué es la Cuota de Solidaridad?

La Cuota de Soliradidad es una cotización adicional a la Seguridad Social, que se aplica en España desde el 1 de enero de 2025 sobre la parte de los salarios que superen la base máxima de cotización.

Esta medida tiene como objetivo generar recursos adicionales para reforzar el Fondo de Reserva de las pensiones, siguiendo la misma línea que el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), en vigor dese 2023.

¿A quién afecta la medida?

Esta cuota afectará a los trabajadores por cuenta ajena cuya retribución supere la base máxima de cotización, establecida para el año 2025 en 59.059 euros anuales. También se aplicará a los trabajadores del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, tanto si trabajan por cuenta propia, como por cuenta ajena.

No obstante, los trabajadores adscritos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) quedarán excluidos de esta obligación, independientemente de sus ingresos, ya que cuentan con un sistema de cotización diferenciado.

¿Cómo se aplicará la cuota?

El porcentaje correspondiente a la Cuota de Soliradidad se aplicará exclusivamente sobre la cantidad del salario que exceda la base de la máxima cotización y se incrementará gradualmente hasta el año 2045, cuando alcanzará los valores máximos previstos. El incremento será de un 0,25% anual. 

Para el presente año 2025, los tipos de cotizaciones serán los siguientes:

- Primer tramo: el salario que exceda hasta un 10% la base máxima de cotización se aplicará un 0,92%.

- Segundo tramo: 1% sobre la parte del salario que exceda entre un 10% y un 50% adicional.

- Tercer tramo: 1,17% sobre la parte del salario que supere el 50% de la base máxima.

Distribución de la carga contributiva

El reparto de la cuota entre empresas y trabajadores seguirá un esquema similar al de las cotizaciones por contingencias comunes. La mayor parte de la carga recaerá sobre las empresas, que asumirán el 83,39% de la cuota, mientras que los trabajadores deberán aportar el 16,61% restante.